Saludos estimados seguidores, en publicación anterior de fecha 15/06/2020, redactada muy gentilmente por mi amigo y colega Mgs Victor Amaya, se plasmó todo lo concerniente a la obligación tributaria del Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT), cuyo plazo para el Pago y Declaración del Aporte (Art. 27 de la Ley Art. 6 del Reglamento), vencía originalmente, para los contribuyentes cuyo cierre de ejercicio es el 31 de diciembre 2019, el dia 30 de junio de 2020.
Sin
embargo, en fecha 23/06/2020 el FONACIT mediante Providencia N° 015-049, concedió una prórroga
para los aportantes que paguen y declaren el ejercicio fiscal comprendido desde
el 01/01/2019 hasta el 31/12/2019, hasta
el día 31/08/2020, para que liquiden, paguen y declaren el aporte. Dicha
providencia fue publicada en G.O N° 41.911 de fecha 30/06/2020.
El portal
fue modificado, todos los aportantes debieron registrarse nuevamente. El
proceso no podía ser más engorroso, a continuación, plasmo los pasos:
1° Se ingresa
al portal y se inicia el registro indicando el Nro. de RIF y el correo institucional
de la entidad aportante. El sistema envía un código de confirmación al correo,
a los fines de continuar con el registro, disponiendo de solo 15 minutos para ingresar
dicho código y continuar el proceso.
2°
Ingresado y verificado el código, se debe indicar los datos de la entidad: Fecha de inscripción en el RIF, Domicilio,
números de contacto, código CIIU y datos del representante legal.
4°
Cambiada la clave, se deben ingresar los siguientes recaudos en formato PDF con
algunos requisitos específicos: 72 dpi (puntos por pulgada) como mínimo y de 90
dpi (puntos por pulgada) como máximo y su tamaño no puede ser mayor a 8 MB.
Recaudos obligatorios: 1) Acta Constitutiva
2) Registro único de
Información Fiscal
3) Declaración de ISLR
Y como recaudos opcionales (Los cuales podrán
ser requeridos en caso de ser necesario durante su verificación) son la Patente
de Industria y Comercio y los Estados Financieros del ejercicio
5) Una
vez enviados los recaudos que son obligatorios, se pasa al proceso de
verificación y se debe recibir una notificación vía correo electrónico de la
conformidad de los mismo o la disconfomidad.
Este último
correo, aun al día de hoy, muchos aportantes no lo han recibido. Y algunos que
lo han recibido, al intentar registrar el comprobante de pago del aporte, se
han conseguido con algunos inconvenientes:
- Reparos
de años anteriores y multa, los cuales son sumados al monto del aporte del
ejercicio actual y solicita sea cargado mediante un solo comprobante de pago.
- No
acepta pagos realizados a través de la cuenta del Fondo del Banco BOD, solo
despliega los bancos Venezuela, Provincial y Banesco para adjuntar los pagos,
por lo que, en algunos casos, exige pago total nuevamente.
Es
lamentable que, habiendo diseñado un nuevo portal, lo hicieran con las
limitaciones que presenta y que la institución que lidera las actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación de nuestro país, no tenga capacidad tecnológica para dar respuesta a procesos electrónicos tan básicos y del cual pueden desprenderse consecuencias de repercusión económica para los aportantes, como pago de multas e intereses.
Si una
entidad realizó los pagos de forma oportuna, (el plazo para el pago vence hoy)
debe intentar hacer el registro en el nuevo portal, y si es el caso que ya lo
hizo anteriormente, y no ha recibido aún la respuesta de la verificación de los
recaudos enviados, seria recomendable dirigirse vía correo electrónico al
FONACIT adjuntando los soportes de los pago y trámites realizados a través del
Portal.
Buenas tardes. la información esta muy completa. Lo único que no veo en la pagina la forma de adjuntar el pago del aporte. Antiguamente se adjuntaba. Entonces me pregunto como se hará para informar al Fonacit el pago realizado?. Saludos
ResponderBorrarSaludos, para poder adjuntar el pago debe estar culminado el proceso de registro, es decir, deben haber revisado y aprobado los recaudos consignados para el mismo.
BorrarBuenas tardes, totalmente cierto todo lo aquí expuesto, en mi caso, declaré y pagué en los lapsos correspondientes y logré realizar la inscripción en el nuevo portal,con todo y el envío de los recaudos y soportes solicitados y aún así, nos emitieron un Acta de Reparo, que no se puede descargar y por ende no se puede leer el contenido, generando por consiguiente un pago "adicional" ...el cual está pendiente y debemos pagar en 60 días.
ResponderBorrarLo correcto es que tengas acceso al acto administrativo a traves del cual te determinaron el reparo. Trata de comunicarte con el ente y solicitalo.
BorrarBuenas Tardes, Excelente información, aclare mis dudas en cuanto a los recaudos en PDF necesario como parte de la inscripción y novedoso del portal. Agradecida.
ResponderBorrarSiempre a tu orden, gracias por leerme...
ResponderBorrarGracias gracias Lcda.
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