Saludos cordiales estimados amigos y colegas,
en este día les hablare acerca de los aspectos prácticos del DECRETO DE
EXONERACION N° 4.420 de fecha 18/01/2021 EN LA G.O. N° 41.420 de fecha
18/01/2021, en el cual se concede una exoneración de islr a las personas naturales
residentes en el país.
Este decreto es la manera a través de la cual el ejecutivo nacional y la administración tributaria solucionan (no de la forma adecuada) el efecto que produce LA SUBVALORACIÓN DE LA UNIDAD TRIBUTARIA en la determinación del ISLR de las personas naturales cuya tarifa es progresiva y el primer rango termina en 1000 UT.
La subvaloración de la UT produce que CASI TODAS las personas naturales estén OBLIGADAS a declarar y que PAGUEN con la tarifa de mayor cantidad, es decir el 34%, aplicable a los ENG que superen las 6000 UT (Bs. 9.000.000,00)
DECRETO 4420
¿Qué EXONERA?
El Enriquecimiento Neto Gravable del ejercicio
2020 hasta 5000 UT, que representan Bs. 7.500.000,00
Por la forma de redacción del artículo, esto es
una Base de Exoneración, es decir, SOLO GRAVARA EL MONTO DEL ENRIQUECIMIENTO
NETO GRAVABLE QUE SUPERE LAS 5000 U.T.
¿Qué quiere decir esto?
Que las personas naturales cuyos sueldos y
salarios recibidos en el año 2020, no superan el monto de Bs. 7.500.000,00 no
pagaran impuestos, el asunto es ¿Quiénes son esas personas? Porque si hay un
venezolano que no haya recibido durante el año 2020 un monto mayor a ese, debe encontrarse en una
muy precaria situación económica, y no creo que tenga idea de que está obligado a
declarar el ISLR
Me voy a permitir compartir aquí, una Relación
de Salarios Mínimos preparada por mi amiga y colega Thais López de Abraxas
Consultores XXI CA, que nos servirá de punto de partida para demostrar cómo
puede ser la aplicación de lo previsto en el Decreto
Si la persona natural asalariada declara únicamente lo percibido por sueldos y salarios,(Bs. 5.600.000,oo). Por encontrarse el monto total por debajo de la base de exoneración, entonces esta persona NO PAGARA ISLR en su declaración del ejercicio 2020, todo ese monto debe declararlo como exonerado.
Ahora bien, si al monto determinado en el cuadro le añadimos, las vacaciones y las utilidades o aguinaldos, que, según el criterio de la administración tributaria, también forma parte del Enriquecimiento Neto de los asalariados, a razón de 30 días por vacaciones y 60 días de utilidades, (Estimaciones), obtendríamos lo siguiente:Para la determinación del ISLR, al Enriquecimiento Neto Gravable de Bs. 9.400.000,00 le restamos la base de exención de Bs. 7.500.000,00 (Este monto se declara pero como renta exonerada) y el desgravamen único, el ISLR se calcula sobre Bs. 739.000,00 y aplicando la rebaja personal de Bs. 15.000,00 (10 UT) una persona natural que solo perciba Salario Mínimo, si declara, podría pagar el monto de aproximadamente Bs. 29.000,00.
Podríamos decir, que si le da a pagar ISLR a una persona cuyo salario sea el Mínimo, este hecho no es cónsono con la intención del
decreto que, según el primer considerando es proteger a los venezolanos y a las
venezolanas, las cuales, en la mayoría de los casos, las que pertenecen al
mercado laboral, con toda seguridad recibieron durante el año 2020, montos que superan
con creces el salario mínimo.
Es importante señalar que el beneficio ¿? de exoneración
es sobre el Enriquecimiento Neto NO sobre el impuesto. Y es aplicable a TODAS
las personas naturales, ASALARIADAS Y NO ASALARIADAS.
No es primera vez que este beneficio es otorgado, el mismo también fue concedido para los ejercicios 2015, 2016 y 2017, y en cada uno de ellos la administración tributaria aplicó criterios diferentes en la determinación del ISLR, por ejemplo en el año 2017, a los fines del procesamiento de la declaración del ejercicio 2016, que la exoneración era de 6000 UT, el sistema aplicó directamente a TODOS los ENG la tarifa del 34% restando el sustraendo de 875 UT, lo que generaba que muchas declaraciones reflejaran ENG mas sin embargo no daban impuesto a pagar, ya que si el ENG era igual o menor al valor en bolívares del sustraendo, el sistema no determinaba impuesto, lo cual era un error, pero así lo aplico el sistema y nunca fue corregido.
Para este ejercicio, hasta el día de hoy, el
sistema está aplicando la tarifa de manera progresiva como debe ser.
Los invito al Encuentro Tributario Especial que tendremos a través del canal de Youtube de Optimiza Enterprise, este miércoles 27 de enero a las 6 de la tarde, en donde junto con otros dos especialistas en Tributos como lo son Camilo London y Williams Zorrilla, con la moderación de Hector Orochena, estaré disertando acerca de este decreto. Si estás leyendo este artículo, después del 27 de enero, no te preocupes, dale click aqui y podrás verlo en Youtube en el canal de Optimiza Enterprise en diferido.
Nota agregada el 07/02/2021:
El Seniat publicó una Guía Fácil para realizar la declaración de ISLR del año 2020, aplicando la exoneración prevista en el decreto. Podras visualizarla dando click Aqui
Seria interesante conocer sus opiniones respecto al tema tratado en esta publicación, sus aportes serán valiosos para mi y para el resto de los colegas con lo cuales comparto estas publicaciones. ¡Espero leerlos!
Agradezco mucho su atención prestada.
¡Nunca te detengas, nunca te conformes,
hasta que lo bueno sea mejor y lo mejor excelente!
¡Feliz inicio de semana!
Felicitaciones, excelente publicación. Con este decreto muchas personas naturales residente están ignorante de este tema, el cual van a quedar como dice el dicho viendo para los lado como pajarito en grama. Por falta de explicación de este decreto. Hay propagan que dicen declara y paga. Pero solo hasta ahí, están ignorante del contenido.
ResponderBorrar¡Gracias! Ciertamente, hay mucho desconocimiento!
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